Cada año, miles de trabajadores argentinos sufren accidentes en el lugar de trabajo. Los primeros minutos son críticos: una hemorragia contenida a tiempo, un paro cardíaco atendido en los primeros 4 minutos, una quemadura enfriada correctamente. El Dec. 351/79 no pide heroísmo médico — pide que la empresa esté mínimamente preparada para ganar esos minutos.
Marco legal: qué obliga la normativa argentina
El marco legal de los primeros auxilios en el trabajo descansa sobre dos normas complementarias:
- Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (1972): en su artículo 9 establece la obligación general del empleador de proteger la vida y la salud de los trabajadores, incluyendo la provisión de medios adecuados de primeros auxilios.
- Decreto 351/79, Capítulo 9 (Servicios de Medicina, Higiene y Seguridad): es la norma operativa. Define qué tipo de servicio de primeros auxilios debe tener cada establecimiento según el número de trabajadores y el tipo de riesgo, y fija los contenidos mínimos de los botiquines.
El Dec. 351/79 distingue dos niveles de exigencia según el tamaño y el riesgo del establecimiento. Para establecimientos de hasta 25 trabajadores con actividad de bajo riesgo (oficinas, comercio, actividades administrativas): botiquín básico y al menos una persona capacitada en primeros auxilios por turno. Para establecimientos mayores o de alto riesgo (industria, construcción, minería, salud): enfermería dotada con personal de salud titulado.
¿Quién puede aplicar primeros auxilios en la empresa?
La normativa argentina no exige que la persona que aplica primeros auxilios sea profesional de la salud en establecimientos pequeños y de bajo riesgo. Lo que exige es que esté capacitada formalmente en primeros auxilios básicos y que la capacitación esté documentada con certificado.
Para establecimientos de mayor riesgo o con más de 150 trabajadores, el Dec. 351/79 exige la presencia de un auxiliar de enfermería o enfermero profesional durante las horas de trabajo, y médico disponible (no necesariamente en planta) para emergencias. En establecimientos de más de 500 trabajadores, el servicio médico debe ser propio o contratado con guardia permanente.
Contenido mínimo del botiquín según la norma
El Dec. 351/79 no lista cada elemento del botiquín con la precisión de un vademécum, pero establece el criterio de que el botiquín debe permitir asistir las lesiones más frecuentes del tipo de actividad desarrollada. La interpretación consolidada por la práctica inspectiva incluye como mínimo:
Para establecimientos con riesgos específicos (quemaduras químicas, inhalación de gases, electrocución), el botiquín debe incorporar elementos adicionales: gel para quemaduras, duchas de emergencia ocular portátiles, desfibrilador externo automático (DEA) si se supera el umbral de riesgo cardíaco.
Capacitación en primeros auxilios: ¿es obligatoria?
Sí. El Dec. 351/79 Capítulo 9 establece la obligación de capacitar al personal de la brigada de emergencias —que incluye el rol de primeros auxilios— y de documentar esa capacitación con certificados fechados y firmados por el instructor habilitado. La capacitación no puede ser una simple charla informal: debe cubrir contenidos mínimos estructurados.
Los contenidos mínimos que debe tener la capacitación en primeros auxilios según la norma y la práctica de la SRT incluyen:
- Evaluación inicial de la escena (seguridad del auxiliador, número de víctimas, mecanismo de lesión).
- Reconocimiento de paro cardiorrespiratorio y secuencia de RCP.
- Manejo de hemorragias externas (presión directa, puntos de presión, torniquete de emergencia).
- Atención de quemaduras (enfriamiento, cobertura, cuándo no hacer).
- Atención de traumatismos de columna (inmovilización básica, no movilizar sin protocolo).
- Uso del DEA si el establecimiento lo tiene.
- Protocolo de llamada al sistema de emergencias (107 SAME, 911).
La frecuencia recomendada de renovación de la capacitación es anual, aunque la norma no fija un plazo explícito. Las ARTs suelen exigir capacitación vigente con una antigüedad no mayor a 2 años en las auditorías.
RCP básico en el trabajo: lo mínimo que debería saber tu equipo
El paro cardiorrespiratorio tiene una ventana de oportunidad muy estrecha: por cada minuto sin RCP, la probabilidad de sobrevivir sin secuelas neurológicas cae un 10 %. En Argentina, el tiempo promedio de llegada de una ambulancia en zonas urbanas es de 8 a 12 minutos. La única forma de cerrar esa brecha es que alguien en el lugar sepa hacer RCP.
La secuencia actualizada (guías AHA 2020, adoptadas por el SAME) es el esquema CAB: Circulación — Airway — Breathing:
- C — Circulación: 30 compresiones torácicas seguidas. Talón de la mano en el centro del pecho, brazos extendidos, comprimir al menos 5 cm de profundidad a una frecuencia de 100-120 compresiones por minuto. La canción de referencia tiene ese ritmo.
- A — Airway (vía aérea): abrir la vía aérea con la maniobra frente-mentón. Solo si no hay sospecha de trauma de columna.
- B — Breathing (respiración): 2 ventilaciones de rescate usando la máscara facial con válvula. Si no hay máscara disponible, priorizar las compresiones sin interrupción (RCP solo con compresiones es más efectivo que RCP mal ventilado).
El ciclo es 30:2 (30 compresiones, 2 ventilaciones) y se repite sin pausas hasta que llegue el sistema de emergencias o el paciente recupere signos de circulación. Si hay un DEA disponible, se usa lo antes posible sin interrumpir el RCP más allá del tiempo mínimo necesario para su aplicación.
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