Res. SRT 84/2012

ILUMINACIÓN EN
COMERCIOS Y OFICINAS

Verificamos los niveles de iluminación en puestos de caja, oficinas, depósitos y salones de atención al público. Cumplimos la normativa SRT y mejoramos las condiciones visuales de tu equipo.

Res. SRT 84/2012 / Dec. 351/79 Anexo IV

Protocolo de medición de iluminación — sector comercial

El Decreto 351/79 establece los niveles mínimos de iluminación según el tipo de tarea: 200 lux para trabajo simple (almacén, tránsito), 300 lux para oficinas y trabajo con papeles, 500 lux para trabajo fino (confección, joyería, farmacia). La Resolución SRT 84/2012 fija la metodología de medición. En comercios, el diseño lumínico orientado a la exhibición de productos frecuentemente descuida la iluminación del puesto de trabajo del empleado, generando asimetrías y deslumbramiento.

Lo que evaluamos

¿QUÉ MEDIMOS?

Punto 01

Puesto de caja y atención al público

Medición en el plano de trabajo de la caja registradora, mostrador y terminal de punto de venta.

Punto 02

Oficinas y puestos administrativos

Verificación del mínimo de 300 lux en escritorios y posición de pantallas.

Punto 03

Depósito y áreas de carga

Control de los 200 lux reglamentarios en zonas de stock y manipulación de mercadería.

Punto 04

Iluminación de emergencia

Verificación de la presencia y funcionamiento de luminarias de emergencia según normativa.

El servicio

¿QUÉ INCLUYE?

01

Medición en todos los puestos con luxómetro calibrado

02

Protocolo Res. SRT 84/2012 completo

03

Informe técnico con mapa de iluminación

04

Identificación de puestos no conformes

05

Recomendación de luminarias y distribución optimizada

06

Protocolo firmado por profesional habilitado

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