MEDICIÓN DE
ILUMINACIÓN EN OBRA
Verificamos los niveles de iluminación en frentes de trabajo, escaleras, sótanos y zonas de tránsito en obra. Garantizamos el cumplimiento del Dec. 911/96 y la Resolución SRT 84/2012.
Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción — Iluminación
El artículo 61 del Decreto 911/96 establece valores mínimos de iluminación para distintas zonas de obra: 20 lux en vías de tránsito y accesos, 50 lux en trabajos en andamios y excavaciones, 100 lux en trabajos de precisión y oficinas de obra. La Resolución SRT 84/2012 fija la metodología de medición aplicable también a obras. El déficit de iluminación en obra es una de las principales causas de accidentes nocturnos o en subsuelos.
¿QUÉ MEDIMOS?
Frentes de trabajo activos
Verificación en el plano de trabajo real de cada cuadrilla (horizontal o vertical según la tarea).
Escaleras provisorias y andamios
Medición en zonas de circulación vertical que representan alto riesgo de caída.
Subsuelos, sótanos y excavaciones
Evaluación de la iluminación artificial en zonas sin luz natural.
Iluminación de emergencia en obra
Verificación de luminarias de emergencia en rutas de evacuación y tableros eléctricos.
¿QUÉ INCLUYE?
Medición con luxómetro calibrado en todas las zonas relevantes
Protocolo Res. SRT 84/2012 adaptado a obra
Informe técnico con mapa de iluminación por nivel
Identificación de zonas deficientes y recomendación de luminarias provisorias
Integración al Legajo Técnico de Obra
Protocolo firmado por profesional habilitado