El Legajo Técnico es el expediente de H&S de tu empresa. Contiene todas las evaluaciones, mediciones y documentos que prueban que cumplís con la Ley 19.587 y el Decreto 351/79. Sin él, cualquier inspección de la SRT o de tu ART puede derivar en multas o clausura.
¿Qué dice la ley?
El artículo 9 de la Ley 19.587 y el Decreto 351/79 obligan al empleador a identificar, evaluar y controlar todos los riesgos presentes en su establecimiento. El Legajo Técnico es la forma documental de demostrar que cumpliste con eso.
No existe una resolución única que defina "el Legajo Técnico" como tal — es el conjunto de documentos que la SRT y las ART exigen para acreditar el cumplimiento normativo de la empresa.
¿Qué tiene que contener?
El contenido mínimo esperado por la SRT varía por sector, pero en general incluye:
- Identificación del establecimiento: datos de la empresa, CUIT, ART contratada, actividad, cantidad de empleados y responsable de H&S.
- Relevamiento de agentes de riesgo (RAR): listado de todos los riesgos presentes por puesto de trabajo (físicos, químicos, ergonómicos, etc.).
- Mediciones ambientales: ruido (Res. 85/2012), iluminación (Res. 84/2012), estrés térmico (Dec. 351/79 Anexo IV), material particulado (Dec. 351/79 Anexo III) — según los agentes relevados.
- Evaluación de riesgos: análisis de la probabilidad y consecuencia de cada riesgo identificado, con las medidas de control aplicadas.
- Programa de prevención: acciones correctivas y preventivas con responsable y fecha de ejecución.
- Capacitaciones: registro de las capacitaciones realizadas con firma de los trabajadores (Res. SRT 592/2004 exige como mínimo 4 horas iniciales al ingreso).
- Entrega de EPP: constancia de entrega de equipos de protección personal a cada trabajador, con detalle del EPP y fecha.
- Plan de emergencias y evacuación: procedimiento ante incendio, emergencia médica y evacuación, con croquis de vías de escape.
- Verificación de instalaciones eléctricas: informe de puesta a tierra, aislamiento y diferenciales (Dec. 351/79 Anexo VI).
- Historial de accidentes e incidentes: registro de todos los accidentes con y sin días perdidos, con análisis de causa raíz.
¿Quién lo firma?
El responsable legal del Legajo Técnico es el empleador. Pero la elaboración técnica y la firma de los informes de medición deben estar a cargo de un profesional habilitado en Higiene y Seguridad: Licenciado o Técnico Superior en H&S con matrícula vigente.
La ART puede exigir que el responsable de H&S esté registrado ante ella con la matrícula y los datos del establecimiento a cargo.
¿Cuándo te lo pueden exigir?
El Legajo Técnico puede ser solicitado por:
¿Qué pasa si no lo tenés?
Las consecuencias van desde administrativas hasta penales, dependiendo de la gravedad:
- Multa de la SRT: entre 10 y 200 AMPOs (Aporte al Módulo Previsional) según el incumplimiento (Ley 25.212).
- Alícuota diferencial de la ART: si tu ART detecta incumplimientos en una visita, puede subir tu alícuota (el costo mensual del seguro de accidentes).
- Responsabilidad civil: si ocurre un accidente y no podés probar que identificaste y controlaste el riesgo, el empleador queda expuesto a demandas de responsabilidad civil ilimitada.
- Responsabilidad penal: en casos de accidentes graves o fatales, la falta de documentación agrava la situación del empleador ante la justicia (art. 84 Código Penal).
¿Cada cuánto hay que actualizarlo?
No hay un plazo único — depende de qué contiene el legajo:
- Mediciones de ruido e iluminación: la SRT no fija un plazo explícito, pero la práctica aceptada es renovarlas cada 2 años o ante cambios en maquinaria o layout.
- Verificación eléctrica: cada 2 años o tras modificaciones en la instalación.
- Capacitaciones: continuas. Mínimo anual por Res. 592/2004.
- Entrega de EPP: cada vez que se entrega equipamiento al trabajador.
- Plan de emergencias: revisar y actualizar anualmente o ante cambios edilicios.
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